jueves, 31 de mayo de 2012

PROGRAMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO.


  1. PROGRAMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO.


    En los centros de trabajo con cien o más trabajadores, el patrón deberá elaborar un diagnóstico de las condiciones de seguridad e higiene que prevalezcan en ellos, así como establecer por escrito y llevar a cabo un programa de seguridad e higiene en el trabajo que considere el cumplimiento de la normatividad en la materia, de acuerdo a las características propias de las actividades y procesos industriales.

    Aquellas empresas que no se encuentren en el supuesto del párrafo que antecede, deberán elaborar una relación de medidas preventivas generales y específicas de seguridad e higiene en el trabajo, de acuerdo a las actividades que desarrollen.

    El programa y la relación de medidas generales y específicas de seguridad e higiene en los centros de trabajo a que se refiere este artículo, deberán contener las medidas previstas en el presente Reglamento y en las Normas aplicables. Asimismo, será responsabilidad del patrón contar con los manuales de procedimientos de seguridad e higiene específicos a que se refieren las Normas aplicables.

    Lo dispuesto en el párrafo anterior, también será aplicable a los programas específicos de seguridad e higiene que se establecen en el presente Reglamento, los cuales deberán quedar integrados al programa de seguridad e higiene, cuando se esté en el supuesto previsto en el primer párrafo de este artículo.

    Será responsabilidad del patrón que se elabore, evalúe y, en su caso, actualice periódicamente, por lo menos una vez al año, el programa o la relación de medidas de seguridad e higiene del centro de trabajo y presentarlos a la Secretaría cuando ésta así lo requiera.

    En la elaboración del programa o de la relación de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, se deberán de considerar los riesgos potenciales, de acuerdo a la naturaleza de las actividades de la empresa o establecimiento.

    En caso de que se modifiquen los procesos productivos, procedimientos de trabajo, instalaciones, distribución de planta y con ello los puestos de trabajo, o se empleen nuevos materiales, el programa o la relación de medidas de seguridad e higiene en el centro de trabajo, deberán modificarse y adecuarse a las nuevas condiciones y riesgos existentes.

    Será responsabilidad del patrón difundir y ejecutar el programa o la relación de medidas de seguridad e higiene a que se refiere este Capítulo, debiendo capacitar y adiestrar a los trabajadores en su aplicación.



    ELEMENTOS BASICOS DE UN PROGRAMA DE SEGURIDAD


    Los elementos de un programa de seguridad se clasifican en:
    Aspectos administrativos

     ASPECTOS ADIMINISTRATIVOS
     
    En la estructura de un programa requerimientos asignar las actividades 
    que habran de desempeñar cada una de las personas que conforman la 
    organizacion, de manera que puedan trabajar juntas con eficiencia y puedan 
    obtener satistacion personal al haacer tareas selecionadas que tiendan a
     hacer funcionar el plan de seguridad.

    Para lograr que los resultados sean optimos es conveniente hacer participe a los
     ma altos dirigentes. Su presencia en los aspectos de seguridad reflejara en el
     personal de la empresa la importancia que deben consederse a la seguridad.
    Es importante que la persona que ha de encargarse de seguridad de la 
    organizacion reuna los requewrimientos minimos necesarios para desempeñar
     adecuadamenre sus funciones, esto es, debera ser un profesional en seguridad.
    Uno de los aspectos importantes en la administracion es la contratacion de nuevo
     personal para llenar los puestos de la estructura organizacion.Es responsabilidad 
    de la misma capacitarlos con respecto al manejo y riesgos generales del 
    equipo o de la actividad realizar y documentarlos sobre las politicas y
     programas de seguridad existentes.
    No debemos olvidar que la capactacion no es exclusiva el personal de 
    un nuevo ingreso. Una de las razones por las que ocurren accidentes es 
    debido a la falta de habilidad por lo que se recomienda destinar un tiempo
     para tratar temas sobre la prevencion de accidentes.

    ASPECTOS TECNICOS

    La primera precaucion para prevenir accidentes consiste en eliminar
     las causas principales, tanto tecnicas como humanas y esto se puede
     realizar por medio de procedimientos o tareas para modificar las causas, 
    como las que se presentan a continuacion:
    a) Diseño de lugar de trabajo: ordenacion fisica de los elementos industriales, 
    espacios necesarios para movimiento del material, almacenamiento, 
    proceso y todas lass actividades o servicio, asi como equipo de trabajo y 
    material requerido.
    b) establecer una ordenacion de atreas de trabajo y de equipo como factor de
     importancia en la distribucion de tareas y actividades.
    c) Elementos que deberan de ordedarse en el lugar de trabajo: personal, 
    materiales, maquinas y servicios auxiliares (mantenimiento, transporte).


    ASPECTOS QUE AFEVTAN EL LUGAR DE TRABAJO

    Los aspectos que habran de analisarse en un lugard e trabajo son: 
    a) Deben tener  conocimiento del proceso o procesos en base a los 
    requerimientos del sistema (cual debe ser la secuencia o acomodo del equipo)
    b) Maquinaria y equipo (conocimiento y especificaciones del equipo)
    c) Superficie y altura de los locales d etrabajo (deacuerdo a las necesidades 
    del trabajador y en base a las normas oficiales mexicanas)
    d) Uso de escaleras rampas y escalerillas (las NOM hacen mencion a este punto 
    y su reglamentacion).
    e) Corredores (deben considerarse el flujo tanto de personas como de 
    maquinaria que sobre estos circule)
    f) Dispocicion de alumbrado suficiente y adaptado (segun necesidades del trabajo.)
    g) Condiciones atmofericas adecuadas (segun lo estipula las NOM en sus 
    apartados 14,15 y 16)
    h) Color de señalamiento en locales (segun marca las NOM)
    i) Sistema de extinsion de indendios (segun marca el instructivo 2 del 
    reglamento general de seguridad e higiene del seguro social.)
    j) Dispocision de espacios de almacenamiento(segun los que se requiere 
    almacenar establecido pòr las NOM).


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